Reclamaciones

¿Cómo puedo reclamar?

Para ponerte en contacto con nosotros

¡Lamentamos que algo no haya salido bien!


Nos esforzamos cada día en ofrecerte los mejores productos y servicios, pero a veces pueden surgir errores. Tu opinión nos ayuda a mejorar, y lo más importante: nos da la oportunidad de solucionarlo contigo.

Queremos ayudarte lo antes posible, así que por favor contacta primero con el departamento o servicio correspondiente.

¡Estamos aquí para ayudarte!

En este sitio web operan dos entidades financieras reguladas, y cada una tiene su propio canal de reclamaciones según el servicio que te haya prestado. Para ayudarte mejor y resolver tu caso lo antes posible, te compartimos a continuación los datos de contacto de cada entidad.

Getnet Europe, Entidad de Pago, SLU

Aun así, y aunque son procesos más lentos, siempre puedes enviarnos un correo electrónico a la siguiente dirección de e-mail:


Además, nos puedes hacer llegar tu reclamación por correo ordinario a la siguiente dirección:


  • Apartado de Correos 35.250 28080 Madrid

Aprovechamos la ocasión para recordarte que la información sobre los criterios de admisión de reclamaciones, plazo y proceso de gestión se encuentran recogidos en el Reglamento del Servicio de Atención y Defensa del Cliente en el Grupo Santander.

Si tras los pasos anteriores, no estás conforme, tienes la opción de acudir a los Servicios de Reclamaciones de los Supervisores Financieros.

Una vez interpuesta la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones y Atención al cliente, si la respuesta no hubiera sido satisfactoria o hubiera transcurrido un plazo 15 días hábiles desde la presentación de la reclamación sin haber recibido respuesta, el Cliente podrá dirigirse a los siguientes Servicios de Reclamaciones de los Supervisores Financieros, según corresponda:

Servicio de Reclamaciones del Banco de España
Calle Alcalá 48, 28014 Madrid
‍Acceso a la Oficina Virtual Banco de España

Antes de recurrir a este servicio, la normativa exige que el cliente justifique haber acudido previamente al Servicio de Reclamaciones y Atención al cliente. Teléfono atención incidencias: 900 811 088

Getnet Emoney EDE, SL

Estaremos encantados de resolver cualquier duda o consulta que puedas tener. Puedes contactarnos de forma rápida y sencilla a través de cualquiera de nuestros canales habituales de comunicación:

Nuestro equipo de soporte está disponible de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 (CET). Te daremos una respuesta en un plazo máximo de 2 días hábiles.

Para ayudarnos a investigar tu reclamación, por favor facilítanos la siguiente información como persona interesada:

  • Nombre, apellidos, DNI/NIE/pasaporte, domicilio y dirección de email, en el caso de personas físicas; y denominación social, NIF, domicilio y datos de inscripción en el registro público correspondiente, en el caso de empresas.
  • Datos del representante legal de la empresa: nombre completo, número de identificación, domicilio y dirección de email.
  • Deberás adjuntar tu documento de identidad. En el caso de empresas, también deberás incluir un documento que acredite la representación de la persona que presenta la reclamación. Asegúrate de que el documento adjunto sea un DNI, pasaporte o NIE, y de que esté vigente.
  • Detalle de los hechos que han motivado tu disconformidad, incluyendo el departamento, servicio o producto relacionado con la reclamación.
  • Motivo concreto de la reclamación formal.
  • Cómo te gustaría que Getnet Emoney solucionara la situación.
  • Documentación que pueda respaldar tu reclamación.
  • Fecha en la que ocurrió el incidente.

No se admitirán reclamaciones sobre asuntos que ya hayan sido objeto de una reclamación anterior, asuntos relacionados con procedimientos judiciales pendientes, o reclamaciones en las que no se facilite información suficiente.

Además, al presentar la reclamación, deberás declarar que no tienes conocimiento de que el asunto esté siendo tratado en un procedimiento administrativo o judicial.

Antes de presentar tu declaración, recuerda leer la información básica sobre protección de datos incluida en la Política de Privacidad.

Si solicitas que otra persona gestione la reclamación en tu nombre, te pediremos que nos facilites un formulario firmado confirmando que la has autorizado para tramitar tu reclamación. También solicitaremos a tu representante algunos datos identificativos: nombre completo, número de identificación y dirección de email.

Cómo gestionamos tu reclamación

Cuando recibamos tu reclamación, te confirmaremos su recepción en un plazo de 2 días hábiles.

Revisaremos los motivos de tu disconformidad e investigaremos cuidadosamente los hechos que nos hayas trasladado. Nos tomamos todas las reclamaciones en serio y nos comprometemos a gestionarlas de forma justa y eficiente.

Durante la investigación, es posible que necesitemos contactarte para solicitar información adicional o comentar contigo algún aspecto de tu reclamación.

Intentaremos resolver tu reclamación en un plazo de 15 días hábiles si está relacionada con un servicio de pago, o en el plazo de 1 mes para el resto de reclamaciones.

Si prevemos que la investigación puede requerir más tiempo, te lo comunicaremos. En cualquier caso, te enviaremos nuestra respuesta en el plazo máximo de 1 mes.

Nuestra respuesta final explicará cómo se ha investigado tu reclamación y los motivos de la decisión adoptada. Si la investigación concluye que Getnet Emoney cometió un error, tomaremos las medidas necesarias para corregirlo. Si consideramos que Getnet Emoney actuó correctamente, te explicaremos los motivos por los que tu reclamación ha sido rechazada.

Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente del Grupo Santander

Si después de recibir nuestra respuesta consideras que no hemos resuelto tu reclamación de forma satisfactoria, puedes dirigirte al Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente del Grupo Santander enviando un email o fax a:

Además, nos puedes hacer llegar tu reclamación por correo ordinario a la siguiente dirección:

  • Apartado de Correos 35.250
    28080 Madrid

Aprovechamos la ocasión para recordarte que la información sobre los criterios de admisión de reclamaciones, plazo y proceso de gestión se encuentran recogidos en el Reglamento del Servicio de Atención y Defensa del Cliente en el Grupo Santander.‍

Una vez interpuesta la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones y Atención al cliente, si la respuesta no hubiera sido satisfactoria o hubiera transcurrido un plazo 15 días hábiles desde la presentación de la reclamación sin haber recibido respuesta, el Cliente podrá dirigirse a los siguientes Servicios de Reclamaciones de los Supervisores Financieros, según corresponda:

Servicio de Reclamaciones del Banco de España
Calle Alcalá 48, 28014 Madrid‍
Acceso a la Oficina Virtual Banco de España‍

Antes de recurrir a este servicio, la normativa exige que el cliente justifique haber acudido previamente al Servicio de Reclamaciones y Atención al cliente. Teléfono atención incidencias: 900 811 088

A continuación, podrás consultar la normativa, ordenada por materias, que regula la transparencia de las operaciones bancarias y la protección a la clientela.

Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
‍


Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
‍


Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
‍


Orden EHA/1718/2010 de 11 de junio del Ministerio de Economía y Hacienda, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, desarrollada por la Circular 6/2010 de 28 de septiembre del Banco de España, a entidades de crédito y entidades de pago, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios.

Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio del Ministerio de Economía y Hacienda, de regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión.
‍


Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
‍


Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.
‍

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.

Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
‍


Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago y por el que se modifica el Real Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico, y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.